La lucha por no dejar impune la violencia sexual en el caso CREOMPAZ
El juicio por el caso de la Zona Militar #21 “Comando Regional de Entrenamiento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz” (CREOMPAZ) se considera el mayor suceso de desaparición forzada en toda América Latina. Sin embargo, este no fue el único delito por el que se le acusa al ejército de Guatemala: mujeres q’echi’, poqomchí y achí, incluidas niñas en el momento de los hechos, denunciaron la violencia sexual vivida en esta zona. Hoy, La Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Guatemala (FAMDEGUA), la Comunidad Plan de Sánchez y la Asociación de Vecinos de Chicoyogüito buscan que sus historias no queden impunes, al ser omitidas por jueza de Mayor Riesgo “A” Claudette Domínguez cuando inició el juicio por el Caso CREOMPAZ.
Hoy se realizó la vista pública por la apelación del amparo presentado por FAMDEGUA y las comunidades Plan de Sánchez y Chicoyogüito a la Corte de Constitucionalidad (CC).
En el mes de diciembre de 2018, las sobrevivientes asistieron a la vista pública de un amparo presentado a la Sala de la Corte de Apelaciones de Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer. Este amparo se presentó para solicitar la restitución de los derechos de las sobrevivientes, para que se ordenara a la jueza Claudette Domínguez la inclusión de los hechos de violencia sexual dentro del Caso CREOMPAZ.
“El agravio realmente es una cadena de impunidad que se ha generado de una instancia a otra, y que la sala de la corte de apelaciones y femicidio ha avalada al momento de no declarar con lugar el amparo planteado. Las víctimas tienen derecho a una resolución, a que se conozca su verdad”, mencionó en la vista pública de hoy la representante del MP Elena Sut.
¿Cuándo se omite la violencia sexual?
La omisión de la violencia sexual al momento de iniciar el juicio, implicó dejar fuera al 80% de las víctimas, entre familiares y sobrevivientes de violencia, incluidas niñas. Seis meses después de esta primera audiencia no se obtuvo respuesta, a pesar de que se establece un plazo de tres días para que la sala emitiera su sentencia.
Finalmente, el 20 de junio de 2019 la sala denegó el amparo pues consideraba que “no existía ningún agravio que reparar”. La abogada de CALDH y representante legal de la comunidad de Chicoyogüito, Jovita Tzul, menciona que sí hay agravios y que “se está dejando a las mujeres víctimas de violencia sexual en un estado de indefensión y también se está generando un proceso de revictimización- Hay un descrédito total de la verdad de ellas, de los hechos que vivieron”.
En esta audiencia se tiene la última oportunidad para que se pueda incluir a las víctimas y los delitos que se dejaron fuera de este caso, para que las mujeres puedan obtener justicia. Este caso se construyó por más de 350 testimonios de sobrevivientes y familiares de personas desaparecidas, y se encontraron 565 osamentas humanas. Se está a la espera de la resolución de la CC.